Más de cuarenta animales fueron retirados en mayo de una vivienda de Quilmes Oeste, Provincia de Buenos Aires, donde funcionaba un templo de matriz africana. El procedimiento dio lugar a una causa por presunto maltrato animal y, casi de inmediato, a una narración más amplia sobre sacrificios, peligro y religiones “oscuras”.
El operativo se realizó el 11 de mayo en un inmueble de la calle Bernardo de Irigoyen, después de una denuncia vecinal y con intervención judicial. Participaron personal policial, agentes del área municipal de Zoonosis y activistas dedicados a la protección animal.
En el lugar habría ovejas, cabras, cerdos y aves. De acuerdo con las primeras informaciones, algunos animales se encontraban hacinados, debilitados o sin alimentación suficiente. También se habrían hallado ejemplares muertos. Los sobrevivientes fueron retirados para recibir atención veterinaria.
La noticia, sin embargo, avanzó rápidamente más allá de los hechos constatables. Varios medios afirmaron que los animales “iban a ser sacrificados” y que el procedimiento había impedido una matanza ritual frente a niños. La fuente principal de esas afirmaciones fue Fernando Pieroni, uno de los proteccionistas que acompañó el operativo. TN vinculó además el templo con Morena Rial, quien había participado con anterioridad en una ceremonia en el lugar, lo que permitió trasladar el episodio desde las páginas locales y policiales hacia el terreno del espectáculo.
El responsable religioso del templo, Gilliard de Ogum, reconoció públicamente que su tradición incluye sacrificios de animales. Explicó que la carne es luego cocinada, compartida entre los participantes y, en ocasiones, distribuida entre personas que necesitan alimentos.
Hasta el momento, no se hicieron públicos informes veterinarios detallados, una resolución judicial definitiva ni documentación oficial que permita reconstruir con precisión las imputaciones. La imagen de una ceremonia detenida instantes antes de una matanza circuló, de todos modos, como un hecho ya comprobado.
Cuando “umbanda” se convierte en una explicación
Los medios identificaron el inmueble como un “templo umbanda”. La denominación funciona habitualmente en Argentina como una etiqueta amplia para reunir prácticas religiosas afrobrasileñas que poseen diferencias importantes.
La umbanda llegó al país desde Brasil durante la década de 1960. Combina elementos africanos, espiritistas y católicos, y sus ceremonias suelen incluir trance mediúmnico y comunicación con entidades como los caboclos y los pretos velhos. El batuque está centrado en el culto a los orixás y conserva una liturgia de raíz africana más marcada. La quimbanda se vincula especialmente con Exús y Pomba Giras. Muchos templos argentinos practican estas vertientes de manera articulada, aunque los propios creyentes reconocen diferencias doctrinales y rituales entre ellas.
En el campo religioso local, las ofrendas animales se asocian especialmente con las variantes más africanistas, sobre todo con el Batuque. La Umbanda, de raíz más espiritista, no las incorpora como un rasgo propio, aunque numerosos templos argentinos practican distintas vertientes de manera articulada.
Así, presentar cualquier sacrificio como un “ritual umbanda” simplifica un campo religioso diverso y reproduce categorías construidas desde fuera de esas comunidades. La imprecisión no es solamente terminológica. En el campo religioso argentino, la palabra “umbanda” quedó asociada durante décadas con la brujería, el delito, la magia dañina y la muerte. Esa asociación condiciona la manera en que se interpretan las prácticas antes de conocerlas.
Aunque el mapa religioso argentino registra a las religiones umbanda y africanistas entre las minorías del país, las religiones afrobrasileñas tienen una presencia extendida en el conurbano bonaerense. Sus templos organizan ceremonias, redes de ayuda, iniciaciones, consultas espirituales y actividades comunitarias. Esa vida cotidiana rara vez alcanza visibilidad pública. El operativo de Quilmes reprodujo esa forma desigual de aparición. La identidad religiosa ocupó un lugar central desde los titulares mientras que las normas municipales sobre tenencia de animales, los controles sanitarios y el estado procesal de la causa recibieron menos atención.
Prácticas religiosas y protección animal
La legislación argentina no establece que toda muerte de un animal destinado al consumo constituya un delito. La Ley 14.346 sanciona determinadas formas de maltrato y crueldad: la privación de alimento, la tortura, el sufrimiento innecesario o la muerte provocada por perversidad. También pueden aplicarse regulaciones sanitarias, bromatológicas y municipales.
La responsabilidad penal depende de las condiciones verificables: cómo fueron mantenidos los animales, si recibieron alimento y atención, qué método se emplearía para sacrificarlos y si la actividad estaba permitida en ese lugar. La mera referencia a un ritual no resuelve esas preguntas.
Las nuevas sensibilidades sociales sobre el bienestar animal generan conflictos con prácticas religiosas antiguas, pero también con formas seculares de producción, faena y consumo. Las sociedades contemporáneas toleran la muerte de millones de animales para alimentación mientras someten a un escrutinio especialmente intenso las ceremonias en las que esa muerte conserva un significado religioso visible.
Esa diferencia no elimina la obligación de prevenir el sufrimiento sino que exige construir criterios coherentes. Las autoridades deben establecer condiciones sanitarias, métodos permitidos, lugares habilitados y mecanismos de control que puedan aplicarse con independencia de la legitimidad social de cada religión.
Después del allanamiento, la Asociación Social, Religiosa y Africanista Umbandista (ASRAU) solicitó una mesa de diálogo con el área de Cultos de Quilmes. Según reconstruyó el sociólogo Alejandro Frigerio, investigador principal del CONICET, la organización cuestionó la exposición pública del caso y la superposición entre las funciones sanitarias, el activismo proteccionista y las valoraciones personales de funcionarios que se pronunciaron antes de una decisión judicial.
El episodio mostró también una dificultad interna para las propias comunidades. Numerosos líderes de matriz afro señalaron que los principios éticos de su religión condenan los maltratos hacia cualquier ser vivo, y que la violación de las normativas por parte de algunos individuos aislados termina afectando a toda la comunidad.
El diálogo institucional resulta necesario porque estas situaciones no se resuelven mediante declaraciones generales sobre la superioridad de la ley o el carácter sagrado de una tradición. Las normas deben ser conocidas, previsibles y aplicadas de manera uniforme. A su vez, las comunidades religiosas necesitan protocolos que garanticen el cuidado de los animales y permitan distinguir sus prácticas de situaciones de crueldad. Frigerio también señaló que la defensa de la práctica ritual exige a las propias comunidades fiscalizar las condiciones de bienestar de los animales, condenar los excesos y atender la salubridad de los alimentos que luego serán consumidos.
Una infracción no define una religión
El allanamiento de Quilmes reúne varios planos. Las autoridades deben establecer si los hechos denunciados efectivamente sucedieron. Los responsables del templo deben responder por las condiciones encontradas y ejercer su defensa dentro del proceso judicial.
Sin embargo, las eventuales infracciones pertenecen a personas e instituciones concretas. Su extensión automática hacia la umbanda, el batuque, la quimbanda o el conjunto de las religiones de matriz africana responde a una lógica diferente: la idea de que ciertas religiones llevan en sí mismas una propensión hacia la violencia o la ilegalidad.
Cuando una parroquia incumple normas de construcción, el catolicismo no queda definido por esa falta. Cuando una iglesia evangélica supera los límites de ruido permitidos o funciona sin habilitación, el episodio se atribuye habitualmente a la congregación responsable. Las religiones socialmente legitimadas conservan una distancia entre la conducta institucional y la tradición a la que pertenecen.
Las minorías religiosas disponen de un margen menor. Una irregularidad localizada puede convertirse en evidencia sobre la peligrosidad de todo el grupo. En el caso de las religiones afrobrasileñas, esa ampliación encuentra un terreno previamente preparado por décadas de asociaciones con la brujería, el delito y el sacrificio.
La identidad religiosa del templo ayuda a comprender por qué había animales en el lugar y qué significado podían tener dentro de una ceremonia. No prueba por sí misma que hubiera crueldad ni, mucho menos, convierte una eventual infracción en un rasgo constitutivo de varias religiones practicadas por miles de personas.
El conflicto deja una pregunta que excede este caso: ¿por qué algunas religiones pueden cometer faltas sin que su doctrina sea sometida a juicio, mientras otras deben responder colectivamente cada vez que uno de sus templos aparece en una causa?
